Se tramitarán como obras mayores las legalizaciones de obras construidas y las siguientes obras:
- Nuevas edificaciones:
- Vivienda unifamiliar y vivienda colectiva.
- Pabellones.
- Edificios terciarios: oficinas, hoteles, centros comerciales…
- Edificios de equipamiento: colegios, polideportivos, ambulatorios,…
- Otros edificios: garajes, gasolineras, tanatorios, estación de autobuses,…
- Reformas: Derribos.
- Rehabilitación integral de edificios.
- Reforma parciales de edificios (refuerzos estructurales, cubierta, fachada,…)
- Reforma o acondicionamiento de locales, excepto los incluidos en el real ley 12/2012.
- Reforma de portales (colocación de ascensor, bajada ascensor cota 0,…)
- Instalaciones:
- Estación base de telefonía móvil.
- Sistema solar fotovoltaico.
- Antena telefonía móvil.
- Centro de transformación.
- Depósitos de combustible.